Convenio Plan Freemium SŌKE — listo para imprimir / PDF

CONVENIO DE ACCESO Y USO DEL PLAN FREEMIUM “SŌKE” (PERIODO DE PRUEBA)

En [CIUDAD], a los [DÍA] días del mes de [MES] del año [AÑO], se celebra el presente Convenio (el “Convenio”) entre:

PREVENIR SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO S.A.C., con RUC N.° 20611729414, con Nombre Comercial Prevenir SST, debidamente representada por Erick Rubén Angelo Rondón, identificado con DNI N.° 43510099, en su calidad de Gerente General, a quien en adelante se denominará EL PROVEEDOR; y,

[NOMBRE DE LA EMPRESA CLIENTE], con RUC N.° [RUC CLIENTE], con domicilio en [DIRECCIÓN CLIENTE], debidamente representada por [REPRESENTANTE LEGAL], identificado con DNI/CE N.° [DOC], a quien en adelante se denominará LA EMPRESA.

EL PROVEEDOR y LA EMPRESA, conjuntamente, LAS PARTES.

1. OBJETO

EL PROVEEDOR otorga a LA EMPRESA un acceso no exclusivo, intransferible y revocable al Plan Freemium de SŌKE (software web de gestión SST) para su uso interno en la gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

2. PERIODO DE PRUEBA Y RENOVACIÓN

El acceso otorgado bajo este Convenio corresponde a un periodo de prueba de tres (3) meses, contados desde la fecha de activación indicada en la cláusula 3.

Al término del periodo de prueba, LAS PARTES podrán acordar:

  1. Renovación gratuita del acceso; o
  2. Migración a un plan de pago; o
  3. Terminación del acceso, conforme a lo indicado en este Convenio.

3. ACTIVACIÓN, ALCANCE Y LÍMITES DEL PLAN FREEMIUM

3.1. La activación del acceso se realizará en la fecha [FECHA DE ACTIVACIÓN] o, en su defecto, el primer día en que se habiliten credenciales de acceso para LA EMPRESA.

3.2. Condiciones mínimas del Plan Freemium:

3.3. EL PROVEEDOR podrá realizar ajustes operativos razonables (mejoras/correcciones/cambios técnicos), procurando no afectar el propósito del periodo de prueba.

4. CONTRAPRESTACIÓN NO ECONÓMICA: REUNIÓN MENSUAL

Como condición esencial del acceso Freemium durante el periodo de prueba, LA EMPRESA se obliga a facilitar una (1) reunión mensual de treinta (30) minutos con el cargo más alto del área de Seguridad y Salud en el Trabajo (Gerencia/Jefatura SST o equivalente).

La reunión tendrá el siguiente objetivo:

  1. Escucha de necesidades y mejoras: EL PROVEEDOR recopilará solicitudes de mejora de la plataforma y otras necesidades de LA EMPRESA.
  2. Presentación de oferta: EL PROVEEDOR podrá exponer productos y/o servicios disponibles para su contratación por LA EMPRESA.

La coordinación se realizará con al menos 5 días hábiles de anticipación, en modalidad virtual o presencial según acuerden LAS PARTES.

5. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA

  1. Designar un responsable de cuenta (administrador) y asegurar que las credenciales sean individuales y no compartidas.
  2. Registrar información veraz y mantenerla actualizada.
  3. Garantizar base legal/autorizaciones para el tratamiento de datos personales registrados en SŌKE, conforme a normativa aplicable.
  4. No realizar ingeniería inversa, extracción masiva automatizada, scraping, intentos de vulneración o usos ilícitos del sistema.

6. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

  1. Proveer el acceso a SŌKE durante el periodo de prueba, salvo suspensión por causa justificada.
  2. Implementar medidas razonables de seguridad para la operación del servicio.
  3. Atender incidencias de forma razonable para el contexto Freemium (sin niveles de soporte equivalentes a planes de pago).

7. DATOS, CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN

7.1. Titularidad: Los datos registrados corresponden a LA EMPRESA.

7.2. Tratamiento: EL PROVEEDOR tratará datos para operar el servicio, soporte, seguridad, mantenimiento, auditoría interna y mejoras.

7.3. Confidencialidad: EL PROVEEDOR mantendrá confidencial la información a la que tenga acceso, salvo obligación legal o autorización expresa.

7.4. Datos agregados/anonimizados (opcional recomendado): LA EMPRESA autoriza uso agregado/anonimizado para estadísticas y mejora del servicio, sin identificar personas ni revelar información sensible.

8. USO DE LOGOS Y NOMBRE DE LA EMPRESA PARA PUBLICIDAD

LA EMPRESA autoriza a EL PROVEEDOR, durante la vigencia del presente Convenio y por hasta 12 meses posteriores, a utilizar el nombre comercial y/o logo de LA EMPRESA en materiales de marketing, presentaciones, sitio web, redes sociales y casos comerciales, únicamente para comunicar que LA EMPRESA es usuaria del servicio SŌKE bajo el presente convenio.

EL PROVEEDOR se obliga a no divulgar información confidencial, resultados clínicos, datos personales ni indicadores internos sin autorización expresa y por escrito de LA EMPRESA.

LA EMPRESA podrá solicitar por escrito el cese de uso de su nombre/logo, y EL PROVEEDOR atenderá el retiro en un plazo no mayor de 15 días hábiles, salvo materiales impresos o campañas en curso, que se retirarán en el siguiente ciclo razonable.

9. PROPIEDAD INTELECTUAL

SŌKE, su código, diseño, documentación y mejoras son propiedad de EL PROVEEDOR. El presente Convenio no transfiere propiedad; solo concede un derecho de uso limitado y revocable.

10. DISPONIBILIDAD, “TAL CUAL” Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

10.1. Por tratarse de un plan freemium, el servicio se brinda “tal cual” y “según disponibilidad”.

10.2. EL PROVEEDOR no se responsabiliza por decisiones clínicas/administrativas de LA EMPRESA ni por interrupciones por terceros o fuerza mayor.

10.3. En la máxima medida permitida por ley, la responsabilidad total de EL PROVEEDOR se limita a la naturaleza gratuita del servicio, sin perjuicio de responsabilidad por dolo o culpa inexcusable si correspondiera.

11. SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN

11.1. EL PROVEEDOR podrá suspender o terminar el acceso ante incumplimiento, uso indebido, riesgo de seguridad, requerimiento legal o imposibilidad técnica.

11.2. LA EMPRESA puede solicitar la baja del acceso en cualquier momento por comunicación escrita a comercial@prevenirsst.com .

11.3. Al término del Convenio, EL PROVEEDOR podrá eliminar la cuenta y datos luego de 30 días calendario, salvo acuerdo de migración o obligación legal.

12. COMUNICACIONES

Correo de LA EMPRESA: [CORREO CLIENTE]

Correo de EL PROVEEDOR: comercial@prevenirsst.com

13. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente Convenio se rige por las leyes del Perú. Las controversias se intentarán resolver amistosamente en 15 días; de persistir, LAS PARTES se someten a la jurisdicción de CIUDAD / Arequipa.

EL PROVEEDOR

PREVENIR SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO S.A.C.

RUC: 20611729414

Nombre Comercial: Prevenir SST

Representante: Erick Rubén Angelo Rondón

DNI: 43510099

Cargo: Gerente General

LA EMPRESA

Razón Social: [NOMBRE DE LA EMPRESA CLIENTE]

RUC: [RUC CLIENTE]

Domicilio: [DIRECCIÓN CLIENTE]

Representante: [REPRESENTANTE LEGAL]

DNI/CE: [DOC]

Cargo: [CARGO]

Al firmar, LAS PARTES declaran haber leído y aceptado íntegramente el presente Convenio.